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martes, 24 de febrero de 2009

PRIVACIDAD, CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD EN LA RED


Hoy voy a relacionar dos cuestiones que considero muy importantes en Internet. Por un lado la seguridad en Internet y por otro lado el tema de las políticas de privacidad de algunas macro compañías como Facebook.

Han sido moviditas estas dos últimas semanas para Facebook por la gestión que han llevado acabo respecto a su política de privacidad. Esto empezó cuando Facebook estableció un cambio en su política de privacidad respecto a la utilización de los datos facilitados por sus usuarios, en el que el usuario que facilitaba sus datos personales quedarían para siempre a disposición de la empresa, lo cual generó una avalancha de críticas de los usuarios, ya que la privacidad muchas veces es cuestionada pero la realidad es que tiene que haber un control sobre la misma y no se deben permitir cláusulas abusivas como las que implantó Facebook el 4 de febrero. Si bien es verdad que ha servido para demostrar que en Internet todavía son los usuarios los que mandan y que si se unen ante este tipo de actos unilaterales y desproporcionados se pueden cambiar las cosas, tal y como se puede apreciar en el anuncio realizado a través del blog de su fundador y máximo dirigente, Mark Zuckerberg, en el que decide volver a las condiciones y términos de uso del portal previas a los cambios del 4 de febrero. En definitiva Facebook ha tomado el buen camino y ha decidido hacer caso a sus usuarios que al fin y al cabo es su bien más preciado, por lo que desde viálogosTIC alabamos su decisión y más aún cuando el que la notifica es su propio fundador, ya que como se suele decir rectificar es de sabios.

Si por un lado están las compañías, por el otro estamos los usuarios y/o las personas, considero importante que las personas se conciencien sobre el uso responsable de sus datos personales, tanto en redes sociales, como en suscripciones a servicios por Internet. No se trata de pensar siempre en la posibilidad de sufrir robos, estafas, o grandes hermanos, sino de actuar con sentido común, es decir, si en la calle no le revelamos nuestros datos personales a un desconocido en la red tampoco debería ser diferente. La AEPD publicó hace no mucho una guía en la que se advierte sobre los riesgos de las redes sociales (AEPD e INTECO), en los que se sugieren las mejoras en los sistemas de protección.

Por otro lado, la semana pasada se celebro el día de Internet seguro, algo que consideró importante aunque poco útil, ya que celebrar un día no sirve de mucho, si bien es verdad que al menos contribuye a la concienciación de un uso más prudente de las herramientas y servicios que podemos encontrar en Internet. El Día Internacional de Internet Segura es un evento que tiene lugar cada año en el mes de febrero, en el que participaron 55 países de los 5 continentes en 2008. Está organizado por INSAFE, la Red Europea por una Internet Segura y en España por la Asociación Protégeles como nodo español de INSAFE. En 2009, el tema central que se aborda es la prevención del ciber-bullying o acoso escolar en internet. PROTÉGELES tiene como objetivo fundamental el conseguir una Internet más segura para los menores, así como el promover un uso óptimo y más seguro entre ellos de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC). Para ello realiza la actividad de promoción y sensibilización de un uso seguro de Internet por parte de los menores, mediante campañas de sensibilización dirigidas a menores, educadores y padres, así como campañas de comunicación e informativas que alcancen a los medios de comunicación y al público general.

Microsoft y la comisión europea se unen a Protégeles y a la Asociación Española de Pediatría para celebrar el día de internet seguro. Entre las actividades previstas, está la formación por parte de 60 voluntarios de Microsoft a más de 300 padres de familia, alrededor de 3.000 niños y 15.000 jóvenes Scouts en toda España. La puesta en marcha del site, además de promover en uso del software de protección infantil, aporta consejos para padres y niños/adolescentes.

La AEPD (Agencia Española de Protección de Datos) publicó hace algún tiempo una guía para el uso de Internet por los menores, guía que está también orientada para los progenitores de los menores de edad ya que en numerosas ocasiones los padres no saben que riesgos y beneficios ofrece o posee Internet, es por eso muy importante enseñar también a los padres sobre el uso de Internet y sus herramientas como redes sociales, foros, chats, etc.

No obstante no todo lo que Internet ofrece es malo para los menores, ni mucho menos, tal y como comentaba en el post "Redes sociales, niños y cuentos de viejas" el profesor del Instituto de Empresa (IE) y conocido blogger Enrique Dans. En el que destacaba las ventajas de este tipo de herramientas para los niños a la hora de mantenerse vinculados y en sintonía con sus amigos y reforzar así sus relaciones sociales.

Por todo ello debemos velar por que Internet sea un sitio más seguro y útil para todos, empezando por ser más diligentes en el uso de nuestros datos personales, así como de cara a nuestros hijos, en el estudio de la red, ya que si un padre o una madre no sabe nada sobre Internet (peligros, precauciones y medidas de seguridad), difícilmente podrá orientar y ayudar a su hijo sobre que debe y que no debe hacer en Internet.

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miércoles, 28 de enero de 2009

DÍA EUROPEO DE LA PROTECCIÓN DE DATOS


Como no la entrada de hoy, la he querido realizar sobre diferentes noticias relacionadas con la protección de datos, ya que hoy se celebra el "Día Europeo De La Protección de Datos". Hace ya muchos años que en España disponemos de cuerpos legales que se encargan de regular nuestro derecho fundamental a la protección de datos. Ahora más que nunca debemos velar por la protección de nuestros datos personales, ya que al utilizar Internet como herramienta así como las nuevas tecnologías, nos encontramos más expuestos a una posible pérdida, extracción o cesión no consentida de nuestros datos de carácter personal, por eso resulta importante la celebración de un día como el de hoy.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), ha celebrado hoy una sesión abierta en la Universidad Carlos III de Madrid (Campus de Leganés), en la cual se ha dirigido especialmente a los jóvenes, ya que son estos los que en numerosas ocasiones, utilizan redes sociales donde publican infinidad de datos personales sin ser conscientes de sus posibles consecuencias. Por lo que se les han explicado algunas medidas básicas de seguridad para utilizar adecuadamente este tipo de redes sociales, ya que el problema está en que eres tú y no la red social el que tiene que restringir activamente estas posibilidades de acceso y muchos usuarios no son conscientes.

Por otro lado, hoy he leído varias noticias que no dejan de ser un poco inquietantes, como por ejemplo que el número de cámaras de videovigilancia se ha triplicado en el último año, pasando de las 5.000 videocámaras inscritas en 2007 a las 15.500 registradas en 2008, según los datos de la Agencia Española de Protección de Datos. Por otro lado, los datos del CIS de 2008 revelan que 7 de cada 10 ciudadanos está a favor de que se controle la difusión de las imágenes que graban las cámaras de videovigilancia y se emiten por Internet. En la página Web de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) www.agpd.es se puede obtener gratuitamente la guía sobre videovigilancia del año 2009, así como la guía de recomendaciones de 2008: Derechos de los niños y niñas, deberes de los padres y madres.

Otra de las noticias que me ha llamado la atención y que resulta bastante más inquietante que la anterior, es la siguiente: Monster.com vuelve a sufrir el robo de millones de datos personales, es la segunda vez en 18 meses que la página Web de búsqueda de empleo Monster.com ve cómo un agujero de seguridad en sus sistemas propicia el robo de millones de datos confidenciales de sus clientes. Y es la segunda vez que la compañía trata de tapar el suceso, del que sus usuarios se tienen que enterar por los medios. (ambas noticias recogidas en El País Digital). Este hecho ha tenido mayor trascendencia en Inglaterra ya que es allí donde ha saltado la noticia (The Times), no obstante este tipo de noticias, no sólo se dan en empresas privadas, el propio Gobierno Inglés hace algo más de un año admitió haber perdido los ficheros de millones de ingleses, por lo que en este aspecto depende también de los ciudadanos el exigir que se cumplan con las medidas de seguridad recogidas en las diversas normativas sobre protección de datos, así como de la diversa legislación de servicios de la información y de telecomunicaciones de las que disponemos en Europa, para de este modo obligar tanto al sector privado como al sector público a aplicar adecuadamente y a mejorar las medidas de seguridad, evitando así este tipo de situaciones tan lamentables.

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jueves, 11 de diciembre de 2008

LA SGAE Y LAS BODAS



El otro día leí que la Agencia Española de Protección de Datos de Carácter Personal (AEPD), iba a sancionar a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) por grabar vídeos de bodas en los que se pretendía demostrar como los organizadores del evento disponían a su antojo de la propiedad intelectual de algunos autores sin haber pagado el precio que a los autores les correspondía según la Ley de Propiedad Intelectual (LPI).

Como he comentado se pretendía utilizar las citadas grabaciones como prueba para el juicio, creo que la SGAE está en su derecho de perseguir a aquellos que no cumplen con la vigente normativa en materia de propiedad intelectual, pero también creo que no vale todo, y que por encima del derecho a la propiedad intelectual de los autores y en concreto a la explotación de las obras intelectuales se encuentra el derecho a la intimidad, por lo que en este caso la AEPD ha acertado con la sanción, cabe destacar que dicha sanción ha sido de 60.101€ ya que la SGAE ya había sido sancionada por cometer la misma infracción, por dicha reincidencia, esta última sanción ha sido de una mayor cuantía.

Espero que la SGAE tome nota de ello para sus próximas actuaciones ya que en caso contrario queda claro lo que sucederá visto lo visto.

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domingo, 19 de octubre de 2008

EL TRIBUNAL SUPREMO Y LOS LIBROS DE BAUTISMO


El pasado 19 de septiembre, el Tribunal Supremo publicó una sentencia en la que no admitía la cancelación de datos de los libros de bautismo, ya que no consideraba a estos últimos como un “conjunto organizado de datos”.

De todos modos, no quedando conforme con esta sentencia la Agencia Española de Protección de Datos, su director ha anunciado que presentará un “incidente de nulidad de actuaciones” ante el Tribunal Supremo por esta sentencia. En caso de que no prosperase dicho trámite, la Agencia interpondrá un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

Estas actuaciones van dirigidas, a preservar el derecho de los ciudadanos a proteger sus datos, ya que la información del libro de bautismo no es posible que desaparezca, únicamente se incluye una nota al margen en la que se indica que esa persona en particular ha abandonado la fe católica y que sus datos no serán facilitados a nadie.

Ciertamente, es complicado realizar una búsqueda de información en estos libros, ya que mucha gente no conoce su fecha de bautismo, pero también es cierto que las nuevas tecnologías se están extendiendo a todos los ámbitos y que en más de una parroquia habrá informatizado esta información, al fin y al cabo, cuando alguien va a casarse por la iglesia, es lo primero que debes ir a buscar.

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domingo, 5 de octubre de 2008

EXPEDIENTES EN PAPEL

El pasado 1 de octubre de 2008, el director de la Agencia Española de Protección de Datos compareció ante la Comisión Constitucional de Congreso de los Diputados. Entre los temas expuestos en su comparecencia se mencionó el abandono de documentación con datos personales en la vía pública o en contenedores de basuras. De este modo trasladó a la citada Comisión su preocupación por el alcance de este fenómeno en la Administración de Justicia, en relación con la documentación judicial encontrada en contenedores de basura cercanos a sedes judiciales de Madrid, Sevilla, A Coruña, Valencia y Barcelona.

Ya se pudo comprobar durante la huelga de funcionarios de la Administración de Justicia en el presente año, que los expedientes en papel se acumulaban en los pasillos, siendo posible su consulta, pérdida o robo por parte de cualquiera que accediese a las instalaciones. Si además nos encontramos con que también acaban en los contenedores de basura, ¿qué confianza vamos a tener en las Administraciones?

Es cierto que son casos puntuales y cada vez menos habituales, la publicidad que se hace de ellos, así como las actuaciones de la propia Agencia Española de Protección de Datos, ayudan a su desaparición, pero mientras tanto cruzaremos los dedos para que no vuelvan a producirse situaciones similares.

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miércoles, 24 de septiembre de 2008

¿CÓMO SE DENUNCIA ANTE LA AEPD?



Para denunciar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), el procedimiento es muy sencillo, gratuito y no es necesario acudir a los tribunales ni disponer de asistencia letrada. Si crees que tus datos de carácter personal han sido vulnerados o utilizados sin tu consentimiento y dispones de pruebas que acrediten el efectivo incumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, puedes ponerlo en conocimiento de la Agencia Española de Protección de Datos, o de alguna de las diferentes agencias existentes en algunas de las comunidades autónomas como son la Madrid, País Vasco y/o Cataluña, no obstante en mi opinión lo más recomendable es realizarlo ante la AEPD. Para ello deberás presentar una escrito de denuncia en los términos que se prevén en el artículo 70 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dicho escrito deberá contener:

- Nombre y apellidos, y/o en su caso, de la persona que te represente, así como la identificación del medio preferente o del lugar que se señale a efectos de notificaciones.
- Hechos, razones y petición en que se concrete, con toda claridad, la solicitud.
- Lugar y fecha.
- Firma del solicitante o acreditación de la autenticidad de su voluntad expresada por cualquier medio.
- Órgano, centro o unidad administrativa a la que se dirige. (En tu caso sería la Subdirección General de Inspección de Datos de esta Agencia).
- Igualmente deberás acompañar los documentos o cualquier otro tipo de prueba que pueda corroborar los hechos denunciado (cartas recibidas, fax, cualquier documento ya sea en en soporte papel o electrónico).

Para más información consulta la Página Web de la AEPD:
AEPD Denuncias y Reclamaciones
AEPD Modelo de Denuncia (pdf)

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